Organigrama
En cumplimiento con lo dispuesto en:
- Artículo 6.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
- Artículo 10.1c) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía
- Indicador nº 10 de los índices de transparencia propuestos por Transparencia Internacional para Ayuntamientos (2017)
El Organigrama representa la estructura de gestión y organización del Ayuntamiento. Permite identificar a los responsables de los diferentes órganos, sus funciones y relaciones de dependencia, incluyendo las funciones públicas ejercidas por funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional:
- Secretaría: Comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo. Entre sus funciones principales, se encarga de expedir las certificaciones de todos los actos, resoluciones y acuerdos de los órganos de gobierno de la entidad, levantar actas de las sesiones del Pleno y custodiar el Registro de Intereses de los miembros de la Corporación.
- Intervención: El control y la fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación.
Apartado en elaboración pendiente de su publicación.
Última actualización el miércoles, 5 de octubre de 2022 a 10:27